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Psicoanálisis, iuspatología y juricidad.
Rafael Delgado Campos
Manuscritos, Madrid, 2017.

 

Se aprecia en nuestra sociedad un alto grado de desconocimiento sobre el Psicoanálisis y, por el contrario, un hipersaber de lo jurídico. En ambos casos podríamos decir que existe cierta confusión, en el primero por defecto y en el segundo por un exceso de información mediática.

Por eso, quizás resulta más sorprendente de lo habitual encontrarnos con un trabajo que relaciona de manera eficiente y funcional ambas áreas en su doble vertiente del conocimiento humano y su aplicación práctica en la salud mental, por una parte, y en la interpretación de la ley, por otra. Éste es precisamente el punto de unión; y lo es desde los orígenes de ambas disciplinas, como se puede apreciar en el libro de Rafael Delgado.

Resulta especialmente acertada la expresión “diálogo entre justicia y psicoanálisis”, que utiliza el autor en el primer capítulo para ubicarnos desde el inicio en el método de su desarrollo posterior.

Constata, en principio, un abanico de confluencias complementarias entre ambos saberes –psicoanalítico y jurídico−, animadas con interesantes referencias de personalidades históricas y actuales. En esta línea, continúa brindándonos una serie de sentencias emitidas en España durante los últimos cuarenta años, que contienen secuencias literales de razonamientos y argumentos del orden psicoanalítico y que han coadyuvado a elaborar cada dictamen. En un anexo final recoge la casuística de más de cincuenta sentencias resueltas con este apoyo argumental.

Pero, más allá de tratarse de un libro de recopilaciones, referencias y jurisprudencia únicamente, también aporta la clínica, la metapsicología y la teoría jurídica que cimentan, fortalecen y recubren de sentido a todo lo anterior. En el desarrollo de estos pilares recurre a la obra del francés P. Legendre y más concretamente a su noción de “escenas fundadoras”, referidas a dos momentos históricos de la evolución humana –como sociedad emergente y como individuo−.

Previamente, el sujeto está inscrito en el colectivo social a través del grupo familiar, e instaurado el concepto de lo prohibido como resultado de un conjunto de representaciones comunes, necesarias, para transponer la muerte del padre (el parricidio) a unos parámetros más tolerables desde la conciencia social.

La primera escena viene dada por el reconocimiento y aceptación del padre (función paterna) como el tercero en cuestión, que interfiere la original simbiosis de la diada, erigiéndose en destinatario del deseo de la madre. La segunda escena, consecutiva a la anterior, exige que el niño, active estas representaciones adquiridas hacia el orden simbólico que la sociedad le brinda, dando paso así a un doble proceso de socialización e individuación.

Aquí es donde, como dice el autor, entra en juego la función parental de los Estados, que ha de garantizar el orden simbólico en la interacción del individuo y los grupos familiar y social a los que pertenece. El Cuerpo Jurídico es un instrumento esencial y necesario en este orden simbólico, ya que, como conjunto de normas aplicables a los individuos que conforman la colectividad, establece los límites a las pulsiones de aquéllos en sus primitivas tendencias.

No podía obviar Rafael Delgado en este libro la relación del niño y la ley, por su dedicación profesional a la psicología infantil en su vertiente clínica. Por una parte, el niño es extremadamente permeable a la información que recibe, tanto a nivel de estímulos externos, como el conjunto de elementos que comportan las identificaciones parentales. Todo ello formará parte de la composición de su orden simbólico y, por tanto, de su relación futura con la sociedad y la normativa que en ella se ordena. No sería desacertado afirmar que aquellos individuos que tienden a transgredir y a delinquir registran fallas importantes en su proceso de simbolización.

Se detiene el autor en dos aspectos de la relación del niño con la ley, que afectan de manera especial a la dinámica de nuestros días, considerando las aportaciones que el psicoanálisis puede proporcionarnos:

Por una parte, la protección a la infancia y adolescencia debería tener en cuenta las admoniciones y propuestas que autores como S. Freud (en su obra Malestar en la Cultura), G. Devereux, E. Fromm, Goodrich y E. Enríquez hacen sobre las dinámicas sociales en cada momento histórico y la incidencia de éstas en la estructuración psíquica infantil. La misión correctora del Orden Jurídico puede ser determinante ante ciertas tendencias iatrogénicas colectivas.

Por otra parte, la victimización secundaria de los menores que en situaciones diversas (graves carencias familiares, traslados a otro país, separaciones de los padres, dramas vividos en la relación entre sus progenitores, etc.) pudieran derivar en mayores perjuicios para los niños/adolescentes, sea por simples vacíos legales o incluso en aras de salvaguardar los derechos de los adultos por encima de cualquier otra consideración.

Se trata, por tanto, de un trabajo útil para el lector interesado, que entreteje con habilidad la interacción de dos áreas del saber humano, elaborado a partir de datos constatables y fiables −como lo es la jurisprudencia− con la aportación de fundamentos teóricos y clínicos, y con la audacia de proponer mejoras en el tratamiento jurídico y en el abordaje legislativo hacia los más desprotegidos. Deja claro que la interesante apuesta del enfoque psicoanalítico como factor auxiliar al trabajo de los jueces no es una novedad, pero sí una necesidad que debería implementarse con mayor rigor, dado que permite una inmersión en lo más profundo del psiquismo humano, de sus deseos y motivaciones a la hora de juzgar sus conductas.
 

Antonio Carlos Martín Marín
Doctor en Psicología de la Salud y Psicólogo Clínico.